El objetivo de la Acción para la cooperación en evaluación de tecnologías sanitarias (ETS), enmarcada en el plan de trabajo de 2015 (http://ec.europa.eu/health/programme/events/adoption_workplan_2015_en.htm) es apoyar la cooperación voluntaria a nivel científico entre organismos responsables de evaluación de tecnologías para validar el modelo de trabajo conjunto, que se mantendrá después de la finalización del Programa de Salud financiado por la UE. La cooperación entre los organismos naciones e internacionales de ETS es esencial para alcanzar las disposiciones del artículo 15 de la Directiva 2011/24/EU del Parlamento y del Congreso, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia transfronteriza sanitaria y para crear sinergia con la Red Europea de Cooperación en Evaluación de Tecnologías Sanitarias, establecida bajo esta directiva.
 Esta colaboración pretende aumentar el uso, calidad y eficiencia del trabajo conjunto en ETS a nivel europeo, sustentar la selección sostenible y equitativa de prestaciones sanitarias, además de asegurar la reutilización de los informes y actividades a nivel nacional y regional, evitando la duplicidad de evaluaciones.
 Se espera también que la cooperación mejore el uso, calidad y eficiencia del trabajo en ETS a nivel nacional y a nivel de la UE: a) mejorando las evaluaciones de evidencia clínica y aumentando la producción de informes colaborativos de ETS, incluyendo los informes producidos a nivel de la UE para ser reutilizados a nivel nacional y regional; b) aumentandola capacidad y conocimiento de los organismos de evaluación; c) incrementando los conocimientos de los aspectos cualitativos y metodológicos de la ETS ; d) aumentando las sinergias entre ETS y los requerimientos normativos y f) definiendo un modelo sostenible después de la finalización del Programa de Salud.
 La acción se sostiene en los resultados obtenidos en las JA previas (EUnetHTA 2012-2015) y la Red Europea de Cooperación en Evaluación de Tecnologías Sanitarias creada en Octubre del 2014. La acción la llevarán a cabo los organismos nacionales con autoridad en este campo, para definir un modelo de trabajo sostenible para todos los Estados Miembros que estén dispuestos a cooperar en ETS.